jueves, 9 de septiembre de 2010

TEMA LIBRE PARA MIS COMPAÑEROS CONTADORES

LO NUEVO EN NORMAS

La DIAN expide resoluciones señalando el contenido y las características técnicas de la información exógena del año gravable 2010 que se debe reportar el próximo año

La DIAN, mediante ocho resoluciones, estableció las especificaciones técnicas, plazos, formatos y medios para presentar la información exógena correspondiente al año gravable 2010. Esta información, que es utilizada para efectuar estudios y detectar casos de evasión, debe ser suministrada por un universo de personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, como entidades financieras, bolsas de valores, comisionistas de bolsa, cámaras de comercio, notarías, cooperativas, fondos de empleados, personas que elaboran facturas y grupos empresariales, entre otras.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Resolución 8654 a la 8661, 30/8/2010
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La DIAN determina el contenido y características de la información de que trata el artículo 58 de la Ley 863 del 2003

Mediante la Resolución 8662 del 2010, la DIAN señaló el contenido y las características técnicas para la presentación de la información que deben suministrar mensualmente las entidades públicas o privadas que celebren convenios de cooperación y asistencia técnica para el apoyo y ejecución de sus programas o proyectos con organismos internacionales, tal como lo dispone el artículo 58 de la Ley 863 del 2003.

Con todo, debe tenerse en cuenta que según el artículo 7º de la Resolución 8662, esta nueva regulación sólo empezará a regir a partir del 1º de enero del 2011, por lo que en la actualidad sigue vigente la Resolución 13728 del 2009.


Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Resolución 8662, 30/8/2010
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LO NUEVO EN JURISPRUDENCIA

Las bonificaciones habituales pueden excluirse de la base para el pago de aportes parafiscales si se pactaron como pagos no salariales

El hecho de que las bonificaciones laborales sean habituales u ocasionales no es lo determinante para que constituyan o no salario y por tanto sea necesario el pago de aportes parafiscales para su deducción en el impuesto sobre la renta. A juicio del Consejo de Estado, lo importante es que exista un acuerdo, ya sea convencional o contractual, en que las partes hayan estipulado expresamente que estos pagos no constituyen salario y en consecuencia no harán parte para liquidar aportes parafiscales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 344 de 1996.

Consejo de Estado Sección Cuarta, Sentencia 17329, 8/7/2010
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LO NUEVO EN DOCTRINA

Las sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia, que únicamente reciben dividendos no están obligadas a declarar.

La DIAN al resolver una consulta sobre la vigencia de varios conceptos, aclaró que el Concepto 18989 del 15 de agosto de 1989, que se refiere a la obligación de presentar declaración de renta para las sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia, cuya única inversión está constituida por acciones y recibe dividendos sobre los cuales se les practica retención, se encuentra vigente, toda vez que su fundamento lo constituye el artículo 592 del estatuto tributario que establece quiénes no están obligados a declarar.

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Concepto 58372, 13/8/2010
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Cordial saludo,
Legis Colombia

VI CLASE DE SISTEMAS DEL 09 DE SEPTIEMBRE DE 2010

HOY FUE EL 1ER PARCIAL DE SISTEMAS II, Y EL PROFE RESULTO BIEN ESTRICTO EN SU PARCIAL,,,,, CASI ANULA PARCIALES JEEJJEE. PERO BUENO CREO QUE NO ME FUE TAN BIEN COMO ESPERABA.

V CLASE DE SISTEMAS 02 DE SEOTIEMBRE DE 2010

ESTA CLASE FUE MAS QUE TODO TEORICA, NO LOS COMPUTADORES NOS DEJARON PRENDER...Y EN ESTA CLASE SE PROFUNDIZO TODO ACERCA DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION,SU DEFINICION COMO TAL, LOS COMPONENTES. EL PROFE NOS EXPUSO SOBRE SU IMPORTANCIA, Y COMO HA EVOLUCIONADO EN NUESTRO PAIS....Y EN EL MUNDO VIMOS CONCEPTOS Y DEFINICIONES BASICAS COMO HARWARE, SOFTWARE, REDES Y LAS DIFERENTES CLASES DE DE REDES QUE HAY, Y CUAL ERA LA QUE TENIAMOS EN ESE MOMENTO EN LA UNIVERSIDAD.

IV CLASE DE SISTEMAS 26 DE AGOSTO DE 2010

ESE DIA NO ASISTI A CLASES, YA ANTERIORMENTE HABIA HABLADO CON EL PROFESOR MARIÑO, PORQUE TENIAMOS PROGRAMADO UNA SALIDAD DE LA EMPRES A ISLA PALMA Y CARTAGENA ....LA PASAMOS SUPER ESA ISLA HERMOSA Y NOS ATENDIERON COMO REYES,,,,

III CLASE SE SISTEMAS 19 DE AGOSTO DE 2010

ESE DIA NO TUVIMOS CLASES, TUVIMOS UNA JORNADA DE ACTUALIZACION TRIBUTARIA, DONDE UN FUNCIONARIO DE LA DIAN, NOS EXPLICO LO CONCERNIENTE A LA DECLARACIÓN DE RENTA, SEGUN LA RESOL. 1336 DE DEL 16 DE FEBRERO DE 2010, MIRAMOS QUIENES ESTAN OBLIGADOS A DECLARAR, DONDE INICIA LA OBLIGATORIEDAD PARA DECLARAR, Y EL PROCEDIMIENTO PREVIO, VIMOS LO DIFERENTES MONTOS, LAS FECHAS PARA PRESENTAR LAS DECLARACIONES SEGUN LA TERMINACION DEL NIT, TAMBIEN NOS EXPLICARON QUE LOS FORMULARIOS QUE SE VAN A PRESENTAR DE FORMA DIGITAL, Y DEPENDIENTO DE QUE SOMOS PERSONAS JURIDICAS O NATURALES LLEVAN FORMULARIOS DIFERENTES, ADEMÁS NOS EXPLICARON QUE FORMULARIOS (IVA, RETENCION, DECLARACION) SE PUEDEN LLEVAR TAMBIEN DE FORMA VIRTUAL, QUE ADEMAS PODEMOS TENER DE AYUDA EL PROGRAMA DE FORMA GRATUITA BAJANDOLO DE LA PAGINA www.dian.gov.co